jueves, 27 de marzo de 2014

Aplazamiento de juicio en la Audiencia Nacional

Tragsatec, empresa pública del Grupo Tragsa sigue ejecutando despidos en base a un PDC (Procedimiento de Despido Colectivo) impugnado en la AN (Audiencia Nacional) y pendiente de juicio, a celebrar el 27 de mayo de 2014 por aplazamiento a la espera de la resolución del PDC de Tragsa.

El pasado día 24 de marzo era la fecha fijada para el juicio de impugnación del PDC de Tragsatec, juicio que no se llegó a celebrar por acuerdo de todas las partes, debido a que Tragsatec pertenece al grupo Tragsa, el cual está formado también por la empresa del mismo nombre, la cual tuvo el juicio de su PDC el pasado 13 de marzo y del cual todavía no se ha publicado la sentencia. Al ser un grupo empresarial y ser Tragsa la empresa matriz, lógicamente la sentencia que resulte va a influir en la resolución del PDC de Tragsatec, por lo que todas las partes consideraron que sería conveniente celebrar el juicio de Tragsatec con la sentencia firme del PDC de Tragsa. Por ello, el Presidente de la Sala de lo Social abrió la vista presentando tres opciones: 
  • Aplicar la “litispendencia” (cuando dos demandas comparten gran parte de su contenido, la segunda se puede anular al considerarse hecho juzgado en la primera) y por tanto, suspender el juicio en la AN y mediante recurso de una de las partes, que se celebrara en el Tribunal Supremo.
  • Aplazar el juicio en la AN y celebrarlo una vez hubiera resolución del PDC de Tragsa por la Sala de lo Social
  • Celebrar el juicio en ese momento. 

Puestas de acuerdo las partes se decidió “aplazar el juicio y celebrarlo una vez hubiera resolución del PDC de Tragsa por la Sala de lo Social”, fijándose la fecha de celebración el próximo martes 27 de mayo a las 9:00, alegando que dicha resolución daría más argumentos a cada una de las partes. 

La Dirección de Tragsatec responde con más despidos a un requerimiento de negociación. 

Acto seguido, el presidente de la Sala de lo Social de la AN, D. Ricardo Bodas, invitó a las partes a abrir un nuevo proceso de diálogo, requerimiento especialmente dirigido a la Dirección de Empresa ya que esta Sección Sindical ya manifestó que está dispuesta a valorar cualquier medida alternativa a los despidos. 

La Dirección de Empresa ya respondió al requerimiento hecho por la Sala ejecutando, al día siguiente del mismo, más despidos en la Delegación de Valencia y nos consta que a lo largo del día de hoy más compañeras y compañeros de la misma Delegación perderán su puesto de trabajo. 

Si esta es la forma de negociar de esta Dirección, nos seguirá teniendo enfrente, lo más importante para esta Sección Sindical es el mantenimiento del empleo y el retorno de los compañeros y compañeras despedidas, lo más importante para esta Sección es esta empresa, con los y las compañeras que estamos y con todos y todas las compañeras que desde el 17 de febrero han ido recibiendo la carta de despido en base a un Procedimiento, erróneo desde su concepción.

lunes, 24 de marzo de 2014

FONDO DE AYUDA A LA VIVIENDA PARA EL AÑO 2013

Ayer, 20 de marzo, tuvo lugar la primera reunión de la Comisión del Fondo de Ayuda a la Vivienda (FAV) para la convocatoria del año 2013.

Para dicha convocatoria se podrán presentar las solicitudes correspondientes a las compras de vivienda, reformas o reparaciones y/o aval bancario o fianza de alquiler que se hayan realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013.

El importe máximo del préstamo al 1% que se concede es de 24.000€ para compra de vivienda, 9.000€ para reparaciones y 6.000€ para aval de alquiler.

El plazo de presentación de solicitudes a los representantes de los trabajadores será hasta las 12 horas del miércoles 16 de abril de 2014.

En el caso de las personas que tengan un préstamo concedido o puedan ser beneficiarios este año y se vean afectadas por un despido forzoso dentro del PDC, recibirán una comunicación por parte de la Dirección del importe que les queda por pagar una vez descontado de la liquidación y finiquito, es decir, el trabajador cobrará la indemnización íntegra, pero se le descontará del finiquito el importe pendiente de devolución del FAV. A partir de esta comunicación, el trabajador contará con 7 días para responder a la Dirección cómo desea devolver la deuda pendiente en el caso que dicho importe supere al del finiquito, existiendo dos opciones para liquidar el resto del préstamo:
  1. Amortizar íntegramente el importe pendiente de devolución en 15 días desde que el trabajador haya comunicado a la empresa la manera de devolverlo.
  2. Amortizar el importe pendiente de devolución con aplicación del 1% de interés en cuotas mensuales hasta el plazo máximo del 30 de junio del 2015.
Si el trabajador no respondiera a la comunicación enviada sobre la manera de devolver el préstamo pendiente, la Dirección dará por entendido que elige la primera opción, por lo que tendrá que devolver el importe íntegro en un plazo máximo de 15 días a contar desde el día siguiente del plazo máximo otorgado para acogerse a una de las dos opciones de amortización. 

En el caso de acogerse a la opción de pago fraccionado mediante cuotas mensuales, si se dejan de abonar 3 cuotas, consecutivas o no, la Dirección podrá reclamar el importe íntegro pendiente de devolución.

Os adjuntamos el acta de dicha reunión, la convocatoria y el anexo para cumplimentar la solicitud.

Para cualquier duda que tengáis, preguntad a vuestros representantes.

lunes, 3 de marzo de 2014

Comunicado Reunión con dirección 27 de febrero de 2014

REUNIÓN SECCIONES SINDICALES ESTATALES CON LA DIRECCIÓN


El pasado jueves 27 de febrero, las Secciones Sindicales estatales mantuvimos una reunión con la Dirección de la Empresa en la que se trataron los siguientes asuntos:

Información económica
Descontando la cantidad provisionada de 10,6 mill de € para pagar las indemnizaciones por el PDC en Tragsatec y los 500.000€ para pagar el Plan de Recolocación Externa, el año 2013 cierra con pérdidas de poco más de 11,4 mill de €, 34% menos de las pérdidas presupuestadas (más de 17 mill de €).
Desde el lado de los RRHH, podemos observar una caída del empleo medio del 11,34% con respecto al 2012 con un descenso de la producción del 20,86%, mientras que los gastos de personal sólo lo bajan en un 7,52%. Una vez más, vemos que la caída del empleo medio fue bastante superior a la caída de los  gastos de personal ya que la destrucción de empleo se centró en personal con poca retribución sin abordar el problema de sobredimensionamiento de organigrama reconocido por la empresa.
Si relacionamos estos datos con el PDC, podemos llegar a la misma conclusión que la expuesta en los últimos meses: que el mismo está mal planteado y es desproporcionado. Debemos recordar que el inicio del PDC se hizo en base al POA 2013 con una previsión de pérdidas de más de 17 mill de €, ahora comprobamos que las mismas son de poco más de 11,4 mill € lo que supone, como ya se indicó una diferencia de -34%. 
Es cierto que la empresa actualizó datos teniendo en cuenta la situación económica a septiembre de 2013, lo que supuso una reducción de los excedentes planteados, pero como el PDC planteado se hizo en base a unos presupuestos mal definidos, el mismo está corrompido desde su inicio.
En relación al 2014, la Dirección de la empresa nos informó que la cartera de pedidos es un 1,7% superior a la de 2013, con lo que esperan tener una producción de algo más de 210 millones frente a los 208 millones con los que se cerró 2013.

PDC Tragsatec

La Dirección de la empresa confirmó la veracidad de esta noticia publicada el día anterior y la presentación de un recurso contra la decisión del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Durante la misma reunión, supimos que el Tribunal había decidido desestimar el recurso presentado, dando la razón a Tragsatec. Independientemente de la decisión adoptada por el Tribunal, es una gran irresponsabilidad por parte de la empresa iniciar la ejecución del PDC habiendo una suspensión en la adjudicación del Plan de Recolocación a Lee Hecht Harrison, lo cual impide de facto que Tragsatec pueda ejecutar los despidos hasta la resolución por parte del Tribunal.   Debemos recordar que la Dirección de la empresa entregó un escrito para que los compañeros y compañeras despedidas firmaran, autorizando la cesión de datos personales a la citada empresa cuando el contrato con la misma no estaba asegurado.

FAS Tragsatec

Las Secciones Sindicales presentes en la reunión de ayer, propusimos a la empresa que el personal eventual pudiera beneficiarse del FAS. Para que la Dirección de la empresa no alegara motivos económicos, propusimos que su aportación siguiera siendo la misma, sólo por el personal indefinido y que aportaran todos los trabajadores, fijos y temporales. Nos solicitaron que presentáramos una propuesta de Reglamento Estatal que será elaborado y entregado próximamente.

Flexibilidad horaria en Reducción de Jornada

Las Secciones Sindicales pedimos cierta flexibilidad horaria para los compañeros que tienen reducción de jornada por cuidado de hijos o de familiar enfermo o dependiente. La Dirección de la empresa contestó que la flexibilidad legal es la concreción horaria, es decir, que l@s trabajador@s puedan elegir su hora de entrada y de salida, pero ante nuestra insistencia nos pidieron que les entregáramos una propuesta para estudiarla, reconociendo que se podía alcanzar un punto de encuentro entre lo existente actualmente y la flexibilidad del personal de jornada completa.

Criterios de Evaluación de los Despidos Forzosos

Solicitamos también los criterios que la Dirección de la empresa ha seguido para evaluar a los compañeros afectados por el PDC, a lo que nos respondieron que no nos los darían por no estaban obligados a hacerlo y porque ya estaba judicializado el proceso, y que si algún trabajador de forma particular deseaba conocerlos, que tomara las acciones legales que considerara oportunas, lo cual es una prueba más de la falta de transparencia de la que día a día hace gala esta empresa pública.

Seguiremos informando